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La Reforma Laboral es el conjunto de medidas propuestas para aumentar el empleo principalmente, reducir la precariedad y temporalidad en el empleo.
La nueva Reforma Laboral 2022, tras su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el 30 de diciembre de 2021, supone una serie de cambios que afectan al ámbito del mercado laboral.
Para más información o ante cualquier duda que se le plantee contacte con nuestro despacho de abogados laboralistas en Bilbao, especialistas en asuntos laborales. Le brindamos un asesoramiento integral ya sea empresa, autónomo o trabajador por cuenta ajena en temas relacionados con el Derecho de los Trabajadores y de la Seguridad Social.
Con la ayuda de nuestro equipo de abogados profesionales no tendrá que preocuparse por sus condiciones laborales, ya que nos ocuparemos de gestionar y tramitar cualquier tipo de incidencia que no se halle reflejada en su contrato laboral.
Para atender las necesidades de la empresa y trabajadores en materia de contratación es fundamental conocer las nuevas modalidades de contrato de trabajo; puesto que no es lo mismo un contrato en alternancia, que un contrato en prácticas.
Los diferentes tipos de contratos que a un trabajador se le puede ofrecer con la nueva Reforma Laboral son:
Quedan eliminados los contratos de obra y servicios, limitándose los contratos temporales a situaciones muy excepcionales y puntuales.
Contrato indefinido
Con la nueva Reforma Laboral las empresas tan solo podrán ofrecer a los nuevos trabajadores contratos indefinidos. De este modo se busca eliminar la temporalidad y que las empresas dejen de ofrecer contratos temporales encadenados.
Contrato fijo discontinuo
Para reducir la temporalidad no todos los contratos han de ser contratos indefinidos por lo que se ha reforzado el llamado contrato fijo discontinuo. Este tipo de contrato va enfocado a aquellos trabajos de temporada como los contratos de hostelería y restauración.
El principal cambio es que con la nueva Reforma Laboral la antigüedad de aquellos trabajadores que tengan un contrato fijo discontinuo va a medirse por todo el periodo de contratación, y no solo por los días trabajados.
Contrato temporal
El contrato laboral temporal tiende a desaparecer y solamente existen 2 casos en los que las empresas podrán brindar este tipo de contratación temporal:
Contrato en Prácticas
Antes de la Reforma Laboral el contrato en prácticas es el contrato más habitual entre la gran mayoría de los jóvenes. El objetivo es que el trabajador una vez finalizado sus estudios adquiera la práctica profesional necesaria.
La duración del contrato de trabajo en prácticas no debía de ser inferior a 6 meses ni superior a 24 meses.
Actualmente con respecto a contratos formativos quedan establecidas dos posibilidades: los contratos de alternancia y los contratos en prácticas.
En los contratos de alternancia, el trabajador no puede tener más de 30 años y podrá alternar su trabajo con periodos de formación que podrán durar entre 3 meses y 2 años y siempre bajo la supervisión de un tutor.
Con respecto a los contratos en prácticas, éstos podrán durar entre 6 meses y 1 año metidos en un periodo de 3 años siguientes a la finalización de los estudios y 5 para personas discapacitadas.
Los ERTE a pesar de NO ser un tipo de contrato también se han visto modificados con la nueva Reforma Laboral:
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